"Falso Culpable" es un proyecto que comenzó en 2009 y está desarrollado por el Grupo de Investigación en Psicología del Testimonio de la Facultad de Psicología de la Universidad Complutense de Madrid, con el objetivo de analizar las principales causas que llevan a que un inocente sea acusado de crímenes que no cometió.

La mayoría de los falsos culpables se deben más a los errores del Sistema que a la intención deliberada de condenar a inocentes.

Según la asociación norteamericana Innocence Project en torno a un 75% de los errores judiciales se deben a fallos en los procedimientos de identificación. Los errores en el reconocimiento de personas en la vida cotidiana son algo completamente usual, que forma parte del funcionamiento normal de nuestros sistemas cognitivos. Sin embargo, pasan a la categoría de problema grave las falsas identificaciones en entornos judiciales.

Los problemas de memoria (falsos recuerdos) de testigos y víctimas son otro de los principales factores que provocan falsas acusaciones.

Un mejor conocimiento de los errores que posibilitan los falsos culpables podría evitar, o al menos minimizar su incidencia.

El Supremo absuelve a un preso que murió encarcelado por un delito que no cometió

Una prueba de ADN presentada cuando el reo ya había fallecido en prisión demuestra su inocencia en el robo de un bolso
Eldiario.es

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                El Tribunal Supremo ha absuelto en una sentencia notificada hoy a un preso encarcelado por un robo con violencia y lesiones de los que ha resultado inocente según una prueba de ADN que fue presentada cuando el reo ya había fallecido en prisión.
Antonio Guile Martínez fue condenado en Sevilla en mayo de 2010 por robar el bolso de una mujer que conducía un vehículo en una calle de la capital andaluza, golpeando el cristal del copiloto con una piedra y causando heridas en la víctima al mantener un forcejeo con ella para hacerse con el botín.
Por esa condena Antonio, en contra de quien se valoró que la mujer le identificó sin género de dudas en tres momentos procesales distintos como el hombre que la había robado, fue condenado a dos años y ocho meses de prisión, pena que cumplía cuando falleció.
El Supremo elimina las tasas judiciales para la revisión de sentencias firmes
Fachada principal del Tribunal Supremo / EFE
Sin embargo, la Policía pudo obtener una prueba de sangre del ladrón en el coche objeto del robo.

Dos años y cinco meses después del atraco y un año y cinco meses después de la condena el laboratorio de la Policía Científica remitió al juzgado de Sevilla los resultados de la prueba de ADN que descartaba a Antonio e identificaba a un hombre detenido por otro atraco.
En función de aquella prueba el Supremo ha fallado ahora que procede revisar la condena para "sanar" una situación "acreditadamente" injusta después de que se haya legitimado "a favor del reo la inocencia respecto al hecho que sirvió de fundamento para la sentencia condenatoria".
 
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El ADN llega tarde

  • El análisis prueba la inocencia de un preso que falleció en Sevilla
  • Condenado por una rueda de reconocimiento, cuya eficacia cuestionan los expertos

Ángeles Lucas / Javier Martín-Arroyo  
Sevilla 
29 MAR 2014
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Antonio Guile resultó condenado por un robo con violencia cometido en Sevilla en 2011. Un año después fallecía en prisión. Y ahora, dos años y medio más tarde, el ADN ha revelado al verdadero autor del robo, que no era él. El Tribunal Supremo ha corregido dos sentencias condenatorias. Demasiado tarde para Guile, ya fallecido, que fue condenado por el testimonio de la víctima, que le reconoció “sin género de dudas” hasta en tres ocasiones distintas.
Antonia y Manuel Guile muestran una foto de su
hermano muerto en la cárcel de Sevilla. / Julián Rojas
El caso ha puesto de relieve los errores del sistema judicial cuando las condenas se basan en las ruedas de reconocimiento de la víctima y su persistencia al inculpar a otra persona. Y más tarde el ADN revierte todas sus certezas. La mala suerte de Guile aumentó por un dato insólito: los resultados del perfil genético se retrasaron nada menos que dos años y medio, por lo que la subsanación del error llegó tras su muerte en prisión.

¿Es suficiente la identificación de un sospechoso por parte de la víctima para que este sea condenado? “¡Sin ninguna duda. Es la prueba reina! Se trata de lograr indicios para realizar una acusación lógica”, exclama un fiscal. Ello a pesar de que los atracos y otros sucesos ocurren en ocasiones de noche, con poca visibilidad y en cuestión de segundos. La rutina judicial hace que los magistrados acepten como definitivos los reconocimientos visuales de las víctimas, que a veces cuentan con pruebas que los corroboran, y a veces no. “Siempre que no haya enemistad manifiesta, se aceptan porque los resultados de ADN suelen retrasarse entre un año y año y medio. Si esperáramos, la justicia se paralizaría”, alegan fuentes judiciales.
Juan Domingo Valderrama, abogado de Rafael Ricardi, que pasó 13 años en prisión por una violación que no cometió, cuestiona las ruedas de reconocimiento: “En ocasiones la víctima del delito viene de una experiencia muy traumática, como una violación, y debe indicar al culpable con una certeza absoluta. Las víctimas no actúan con maldad pero la policía podría llegar a influir en ello, solo planteo que el procedimiento es deficitario”.
Las pruebas genéticas se pueden resolver en 48 horas, pero los atascos que soportan los laboratorios de ADN de la policía, una quincena en todo el país, provocan a veces flagrantes injusticias. “El retraso afecta a casos muy heterogéneos que afectan por ejemplo a menores venidos en pateras y se trata de un problema de medios (...) es necesaria una práctica más ágil”, opina Jesús García Calderón, fiscal superior de Andalucía. En el caso de Guile, la policía de Sevilla ha declinado aclarar el motivo del retraso en los análisis genéticos, que superó los 800 días. “Hablamos de la rutina, porque cuando un juez apremia, el escenario cambia. Y aquí se trabaja noche y día”, replican fuentes de la Policía Científica.
Los análisis genéticos eran antaño excepcionales, pero un cambio legislativo provocó que sean obligatorios en múltiples supuestos, lo que ha desbordado la capacidad de la policía para tramitarlos.
El problema es que en este caso la urgencia pareció relativa y nadie reclamó los resultados para demostrar la inocencia de Guile, delincuente habitual y drogodependiente que encadenó múltiples sentencias desde 1982. “En los laboratorios no hay orden de entrada para la realización de las pruebas. Hay casos urgentísimos, como las violaciones, que se analizan con prioridad”, explica José Antonio Llorente, miembro de la Comisión Nacional de Especialidad de Medicina Legal y Forense.
La víctima del robo, Rosa Juana Bernedo, repitió su convencimiento de que Guile rompió la ventanilla de su coche y forcejeó con ella para llevarse su bolso. Finalmente, el año pasado los supuestos culpables pasaron a ser dos, identificó a Guile y al presunto autor, Alejandro Aparicio, tras subrayar su “duda razonable” dado el parecido físico de ambos. Ahora la familia de Guile pedirá una indemnización para intentar paliar el tiempo de condena injusta que padeció. “Más que nada queremos que esto no vuelva a pasar, que no le pase a nadie más (...) La prueba del ADN fue la gota que colmó el vaso. No nos echaban cuenta ni a nosotros ni a mi hermano”, explica Antonia Guile cuando recuerda el caso.
Sin cifras es difícil calcular la dimensión de estos casos en los que el ADN tumba las investigaciones policiales, y aunque son muy esporádicos, el perjuicio es descomunal. Y sus víctimas suelen ser delincuentes habituales que padecen ruedas de reconocimiento y una instrucción cojas. Ni el Consejo General del Poder Judicial ni Instituciones Penitenciarias contabilizan estos casos. Hasta que no desaparezcan los atascos para los análisis genéticos, las soluciones parecen limitadas. “Esto no es Estados Unidos ni una serie de televisión”, ironiza un agente.