Un tribunal de Gerona ha absuelto a un hombre que fue encarcelado tras presentarse de forma voluntaria a una rueda de reconocimiento en la que el sospechoso era otro
Héctor G. Barnés
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19/01/2020
Foto: iStock |
Terminar en la cárcel por un crimen que uno no ha cometido es posible, pues al fin y al cabo, la justicia la imparten los falibles hombres. Que uno dé con sus huesos en prisión después de haber accedido voluntariamente a participar en una rueda de reconocimiento como un mero figurante, resulta mucho más difícil. Pero también es posible.
Es lo que le ocurrió a un vecino gerundense en el verano de 2018. La pasada semana, la Audiencia de Girona calificó de "despropósito difícil de explicar" y "kafkiana" la sucesión de acontecimientos que condujo al hombre desde una rueda de reconocimiento a pasar un mes en prisión y, de ahí, a una larga lucha por su inocencia. Como ha relatado la prensa catalana, el tribunal ha concluido con su absolución tras demostrar positivamente que ni siquiera había salido de casa la noche de los hechos.
Cada vez hay más evidencias de que la memoria de los testigos es poco fiable, pero aun así la prueba sigue teniendo un gran peso
El falso culpable terminó en la cárcel después de que una chica y un joven, que habían denunciado a tres sospechosos por lesiones y agresión sexual en una pelea a la salida de una discoteca, lo identificasen en una rueda "sin ningún género de duda". Así que fue detenido por los Mossos y enviado a prisión por la titular del juzgado, sin la asistencia de un abogado. Al fin y al cabo, él simplemente se encontraba en la comisaría para visitar a sus hermanos, los verdaderos sospechosos, cuando los Mossos le propusieron participar como figurante en la rueda.
La fiabilidad de las pruebas de identificación es uno de los grandes debates en el mundo legal desde hace décadas, tanto en lo que respecta a su realización como a su peso legal. La ONG estadounidense Innocence Project calculó que la identificación errónea estaba detrás de más de 70% de los errores judiciales. Pero la situación no ha cambiado mucho desde que Alfred Hitchcock mandase a la cárcel a Henry Fonda en 'Falso culpable' por una identificación incorrecta de los testigos.
Kafka en Girona
El principal problema, en este caso, cae por su propio peso: que el obligado parecido entre el sospechoso y el señuelo se debiese, simple y llanamente, a que eran hermanos. "El sospechoso y los figurantes deben tener una apariencia similar y encajar con la descripción que se ha dado, y el hermano probablemente contaba con esa característica", explica el profesor Antonio Manzanero de la Universidad Complutense, experto en Psicología del Testimonio y responsable del Proyecto Falso Culpable. "En ese sentido no está mal, pero claro, la probabilidad de señalar al hermano se incrementa".
¿Qué instrucciones se dieron a los testigos? ¿Se les hizo pensar que el autor estaba presente, lo que condiciona la elección? ¿Había varios sospechosos en la misma rueda, o una por cada uno de ellos? ¿En qué estado se encontraban cuando se produjo la agresión, que tuvo lugar de madrugada? Si el hermano estaba en la comisaría para visitar a sus familiares, ¿es posible que las víctimas lo viesen en la sala de espera?
De ser afirmativa esta última pregunta, sería un ejemplo de "transferencia inconsciente" como el de la fascinante historia del experto en memoria Donald Thomson. El psicólogo fue detenido un buen día después de que una mujer lo identificase como su violador. La coartada de Thomson era inmejorable: en el momento en el que la víctima estaba siendo agredida, él estaba dando una entrevista en televisión, precisamente, sobre la distorsión en la memoria. Era el programa que estaba viendo la mujer cuando el violador entró en su casa, lo que la había conducido a intercambiar en su mente la identidad del agresor con la del hombre que salía en televisión.
La relación entre esas dos variables, seguridad y exactitud, es escasa, por lo que no puede tratarse de la única prueba condenatoria
Un problema adicional, coinciden los expertos, es que la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal (artículos 369-372) resulta vaga respecto a las características concretas en las que debe realizarse la rueda de reconocimiento, como recuerda Margarita Diges, catedrática de Psicología de la Universidad Autónoma de Madrid y autora de 'Testigos, sospechosos y recuerdos falsos'. Aunque no quiere pronunciarse sobre el caso sin conocerlo en profundidad, recuerda que el resto de figurantes de la rueda no deben tener nada que ver con el asunto y no puede ponerse en duda su inocencia respecto a ese caso concreto.
La clave se encuentra en la confusión entre seguridad y exactitud. Es decir, por mucho que el denunciante puede estar seguro que determinada persona es el agresor, es posible que sea falso. "Lo que el juez o el tribunal utilizan es la seguridad que manifiesta el testigo en su identificación para inferir su exactitud", explica Diges. "Eso estaría bien si hubiera una correlación entre esas dos variables. Lo que sucede es que la relación entre esas dos variables, seguridad y exactitud, es escasa. De hecho, la seguridad no permite predecir la exactitud ni en la mitad de los casos".
La solución, que la identificación no se emplee en ningún caso como prueba única condenatoria, "debido a la cantidad de errores a los que llevaría". Sin embargo, es complicado convencer a la justicia de que se trata de una prueba poco fiable, a pesar de las evidencias científicas, añade la profesora.
Esta realizó un curioso experimento durante una escuela de verano en Mariñán (La Coruña): una prueba de identificación con los jueces asistentes sobre una cara vista en una película mostrada dos horas antes. "Aunque apenas acertó un diez por ciento de los asistentes, su seguridad era indistinguible de la seguridad de los que se equivocaban", explica. "Cuántos de ellos se quedan con la idea de la dificultad de la tarea y de la cantidad de errores que se cometen, y de que la seguridad no nos permite hablar de exactitud, creo que serán muy pocos".
Nuestras víctimas autóctonas
En 1984, Marino de la A. fue identificado por un mendigo como el hombre que había asesinado a Aureliano M. delante de su mujer y dos hijas. El signo inconfundible, su cara picada de viruela. Aunque las huellas no coincidían con las suyas y tenía coartada, terminó en la cárcel tras una rueda de reconocimiento en la que fue reconocido por siete testigos. Tres meses después, una huella dactilar permitió encontrar al verdadero asesino, Florencio A.
Raúl S. fue reconocido por siete personas como el agresor sexual. Sin embargo, tras su detención, las violaciones se siguieron produciendo
En mayo de 1992, un adolescente de Alcorcón llamado Raúl S. fue identificado "sin ningún género de duda" por algunas de las víctimas del conocido como "violador del ascensor de Alcorcón", algo ratificado en posteriores ruedas de reconocimiento. Tras su detención, las violaciones se siguieron produciendo. Ocurrió lo mismo con otro adolescente de 15 años detenido en octubre de 1992. No fue hasta medio año y cinco violaciones después que se arrestó a un tercer sospechoso, que confesó su culpabilidad. Raúl pasó 10 meses en prisión hasta que se demostró su inocencia.
Estos son dos de los ejemplos que, a falta de estadísticas oficiales, Manzanero recogía en su libro 'Memoria de testigos: obtención y valoración de la prueba testifical', en el que mostraba cómo los recuerdos mantienen una relación peculiar con la realidad. Es más común de lo que pensamos que, incluso cuando las pruebas muestran que alguien es inocente, este tarde mucho tiempo en ser liberado.
¿Qué hacemos entonces?
La pregunta del millón. Como recuerda Manzanero, a pesar de sus defectos, la identificación es una prueba de la que no se puede prescindir por completo, ya que a menudo "no hay más remedio". "Hay que cumplir con el requisito de poner nombres y apellidos al autor, y a veces no hay rastro biológico ni cámara que nos indique que es él, por lo que hay que recurrir a los testigos", explica.
Los participantes deben mantener algún parecido con la descripción del sospechoso. (iStock) |
El profesor publicó en su libro 'Psicología del testimonio' hasta 39 normas para dirigir e interpretar las ruedas de reconocimiento, entre las que se encontraban cuestiones básicas como que no exista ningún contacto entre testigo y sospechoso en el período de tiempo entre la comisión del delito y la identificación, no considerarla en ningún caso como la única evidencia de culpabilidad o recordar que el valor probatorio de la identificación no aumenta con la identificación positiva de varios testigos.
Como añade Diges, un problema habitual en España es que la policía realiza las ruedas sin control externo, algo que solo se produce durante la fase judicial. "Como no está ningún abogado ni se graba nada, no sabemos las instrucciones que se dan al testigo, ni si las fotografías que se acompañan al sospechoso se parecen a este en los rasgos que el testigo ha proporcionado del agresor, ni tampoco si se les escapa inadvertidamente alguna señal sobre quién es el sospechoso", explica.
Un anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal estuvo a punto en 2011 de presentar una guía más detallada, pero quedó en agua de borrajas
En 2011, recuerda Diges, estuvo a punto de aprobarse un anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal que quedó en agua de borrajas por la disolución de las cortes en la que sí se presentaba una guía detallada para llevar a cabo "ruedas de forma infinitamente más adecuadas", además de exigir más pruebas aparte de la de identificación. En este caso sí se recogía el número de personas (al menos cinco), los requisitos de participación o la grabación del reconocimiento.
"Ahí se perdió la gran oportunidad para emplear la prueba de forma infinitamente más fiable y con menos riesgo de cometer errores", concluye la autora de 'Los falsos recuerdos'. "No olvidemos que el error aquí es doble: mandar a la cárcel a un inocente, y dejar libre al culpable".