El 80% de las condenas a inocentes se debe a un error de identificación - Algunas víctimas generan falsos recuerdos que sirven como única prueba
MÓNICA CEBERIO BELAZA
EL PAÍS.com
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Olvidas lo que quieres recordar y recuerdas lo que quieres olvidar, dice el protagonista de La carretera, de Cormac McCarthy. Les pasa a algunas víctimas de delitos graves. Quieren olvidar, y no pueden, el momento en el que un desconocido se les acercó en una esquina oscura, les puso una navaja en el cuello y las violó o intentó asesinar brutalmente, sin piedad; y quieren recordar el rostro del criminal para que pague por lo que ha hecho. Pero no siempre pueden.
Esa cara borrosa puede adquirir nitidez gracias a una mentira involuntaria: se coloca a otra persona en la memoria y alguien que jamás tuvo nada que ver con el delito acaba en la cárcel, en ocasiones durante décadas, con la vida destrozada para siempre. Por culpa de los falsos recuerdos y de un sistema legal que los ignora y que cree ciegamente a las víctimas.
Los magistrados Pedro Joaquín Herrera, Secundino Alemán y Carlos
Vielba creyeron en la memoria de las mujeres a pies juntillas a pesar de
las circunstancias. Las identificaciones se hacían 10 años después del
delito. En 1997, las chicas habían declarado ante la policía que el
lugar donde las habían violado estaba muy oscuro; o que el agresor les
había impedido mirarle a la cara; o que llevaba un gorro que le cubría
parte del rostro. En todos los casos era de noche. Además, Cazorla
pesaba en 2007 unos 30 kilos más que el violador de 1997. A pesar de
eso, los jueces consideraron que las tres chicas eran perfectamente
capaces de reconocer "sin ningún género de dudas", en ese cuerpo con
muchos más kilos, a una persona a la que apenas habían podido vislumbrar
10 años antes.
El informe de la Policía Científica, basado en el análisis de muestras biológicas, excluía la culpabilidad de Cazorla. El Instituto de Medicina Legal de Las Palmas de Gran Canaria decía que el perfil genético del acusado no coincidía con los restos encontrados en el jersey de una de las víctimas. Sólo planteaba dudas respecto de la prueba del cromosoma Y porque sostenía que no había material suficiente como para que el resultado se aceptara como fiable al cien por cien (en cualquier caso, era negativo). Además, la mujer que lo reconoció en la calle ya había identificado sin ningún género de dudas unos años antes a otra persona que se demostró inocente gracias al ADN.
Una suma de factores impedían desvirtuar la presunción de inocencia de Ricardo Cazorla. Sobre todo, las pruebas científicas. Sin embargo, los jueces antepusieron, por encima de cualquier otra consideración, lo que decían las víctimas. El fallo dice que los testimonios se caracterizaron por "su persistencia, solidez y contundencia". El problema es que los magistrados ignoraron la posibilidad de que se equivocaran. Y no siempre se puede creer a un testigo.
Nuestros recuerdos no son fiables. Más del 80% de las condenas a inocentes, según la ONG norteamericana Innocence Project (en España no hay ninguna estadística sobre el tema), tienen como base reconocimientos erróneos de víctimas y testigos.
Hacer una identificación precisa es mucho más difícil de lo que parecen pensar algunos jueces. Con un documental reciente (El quinto por la izquierda, de Producciones La Marea) se hizo un experimento interesante. Se simulaba un tirón en la pantalla y se enseñaba la cara del ladrón, a plena luz, durante más tiempo que en un delito real. Después se pidió a algunos espectadores (unos 300) que identificaran en rueda de reconocimiento al del tirón. Las condiciones eran óptimas. Los testigos no estaban sometidos a estrés y sabían desde el principio que se iba a poner a prueba su memoria. Aún así, cuando en la rueda no estaba el autor del tirón, sólo el 52% de los que habían visto la película cinco minutos antes dijo "no está"; y el porcentaje de aciertos bajó al 25% cuando la habían visto dos días antes. Esto significa que entre el 48% y el 75% señaló a inocentes.
Cuando en la rueda sí estaba el auténtico tironero, fue reconocido por el 32% de los espectadores cinco minutos después de ver la película, pero sólo por el 13% cuando habían pasado 48 horas.
Las identificaciones son complicadas. La pregunta es porqué un testigo se empeña y afirma "sin ningún género de dudas" (según la fórmula forense) que está convencido de que un inocente es culpable. En muy pocos casos se miente a sabiendas. Lo normal es que las víctimas estén seguras de que esa persona fue quien les agredió. Han puesto esa cara al delito y ya, incluso cuando lo recuerdan, lo hacen pensando en el rostro del inocente. Es una distorsión de la memoria.
¿Cómo pueden estar tan seguras de un recuerdo falso? "Sabemos que la exactitud de una identificación depende de varias causas (dificultades para ver la cara, alto nivel de estrés, paso del tiempo, ruedas de identificación inadecuadas), pero en cambio no sabemos tanto sobre las razones que hacen variar la seguridad de testigos y víctimas", afirma Margarita Diges, catedrática de Psicología de la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en la llamada psicología del testimonio. "Más allá de razones internas, individuales, una forma de incrementar la seguridad de un testigo es darle a entender que ha acertado, como sucede cuando señala una fotografía y más tarde ve en la rueda a esa misma persona".
"Lo que sí está demostrado empíricamente es la falta de relación entre la seguridad del testigo o de la víctima y la exactitud de su identificación", continúa Diges. "Sin embargo, pese a todas las demostraciones empíricas, lo que vemos en la realidad policial y judicial es que, cuando la víctima está totalmente segura de que el identificado es su agresor, esa seguridad se toma como garantía de exactitud incluso cuando hay pruebas científicas exculpatorias, por ejemplo, las de ADN".
El momento clave es ese en el cual el testigo o la víctima piensa que quizá el que aparece en la foto es el culpable. Si en ese primer momento se reafirma, después no hará más que identificar de nuevo (y cada vez con más seguridad) al que vio en esa primera foto o rueda. Ya no lo compara con su recuerdo del delito, sino con la primera imagen que vio del sospechoso. Por eso es tan importante que no haya irregularidades en esa fase. Si eso se hace mal, si el policía insinúa que en una foto determinada podría estar el culpable; o le dejan ver al sospechoso en la comisaría por error antes de la rueda; o es la única persona de características físicas similares al agresor; después es muy difícil dar marcha atrás: ya se ha creado el falso recuerdo.
En España han aparecido numerosos casos en los últimos años. La semana pasada fue Ricardo Cazorla. En el verano de 2009, el Supremo absolvió al nigeriano Henry Osagiede de dos delitos de agresión sexual y robo con intimidación. El hombre, negro, había sido el único de su raza en las ruedas de reconocimiento. Las dos víctimas, que lo habían identificado sin ningún género de dudas, ya habían identificado antes y con la misma certeza, a otro hombre que, por fortuna para él, tenía pruebas de su inocencia.
A Rafael Ricardi lo condenaron por violación y pasó 13 años en la cárcel. Era inocente. Cuando fue detenido vivía en la calle y era toxicómano. Suele pasar en estos casos: el acusado injustamente es pobre, o inmigrante, o drogadicto, sin recursos, y no tiene muchas posibilidades de hacer valer su versión de los hechos, ni de contratar a grandes abogados -aunque algunos son
condenados a pesar de la excelente labor de sus letrados de oficio-, ni saben cómo armar un escándalo mediático con la injusticia.
Hay casos estrambóticos, como el de Jorge Ortiz, condenado por atraco a mano armada. Había dos víctimas. Una no lo identificó. Otra sí, pero se retractó poco después, y antes del juicio, cuando le enseñaron la foto del verdadero culpable. Dio igual: el juez no la creyó y se empecinó en su primer testimonio. La delirante condena fue confirmada por el Supremo y el Constitucional ni siquiera admitió a trámite el recurso de amparo. Finalmente, fue indultado gracias al apoyo que tuvo, en todo momento, de la víctima que se había equivocado. Pasó dos años y medio en prisión, hasta que le suspendieron la ejecución de la condena.
La Justicia tiene serios problemas para enmendar sus errores. Una vez que hay una condena, en principio es inamovible aunque atente contra los principios más elementales del sentido común. Fue lo que sucedió en el caso de Ahmed Tommouhi y Abderrazak Mounib, condenados por una serie de violaciones cometidas en Tarragona y Barcelona en 1991. Cuatro años después apareció el verdadero culpable, un español, pero sólo pudo probarse la inocencia de Tommouhi y Mounib en uno de los casos, el único en el que quedaban restos de ADN. Por el resto siguieron cumpliendo condena. Mounib murió en prisión en 2000. Tommouhi pasó entre rejas 15 años. Salió en libertad condicional en 2006. El Supremo no revocó sus condenas porque el recurso de revisión una vez que hay una sentencia es muy estricto: el acusado debe probar su inocencia, y en este caso no había ADN que analizar. El Gobierno tardó nueve años en decidir si lo indultaba o no, y al final optó por lo segundo. Nadie se atreve a sacar a un violador de la cárcel. Aunque en realidad no lo sea. Es otro de los grandes problemas de estos casos. Suelen ser delitos tan brutales que alguien tiene que pagar por ellos. Todos, las víctimas, sus familias, la policía, el fiscal, los jueces, quieren encontrar un culpable. Como sea.
El periodista Braulio García Jaén acaba de publicar un libro sobre el caso Tommouhi-Mounib (Justicia poética, Seix Barral), después de cuatro años de investigación, que ha ido contando al detalle en su blog (ladoblehelice.com). Lo que ha salido a la luz no es sólo un puñado de víctimas que se han equivocado en sus identificaciones, sino innumerables errores y chapuzas en la investigación policial y judicial, y en las sentencias.
"Una de las chicas que se equivocó en su reconocimiento, según probó después el ADN, vio antes de la rueda a los dos inocentes", indica García Jaén. "Y los vio en el papel de sospechosos: a Tommouhi, esposado y conducido a los calabozos antes de la rueda de reconocimiento. Tanto ella como la decena de víctimas que esperaban sentadas en los pasillos del juzgado. A Mounib, curiosamente, no lo señaló las primeras veces que la Guardia Civil le mostró su fotografía, pero días después de que lo reconociera la víctima de otra violación ella también lo hizo. Años después declaró ante el tribunal que en las ruedas ni siquiera los había mirado, que directamente vio a los dos que eran y que en los otros ni se fijó. Y por supuesto no había tenido nunca ninguna duda. Se equivocó".
"Los jueces, a menudo, sostienen que las irregularidades formales no influyen en el acierto o en el error de la identificación, pero resulta decisivo, porque las impresiones que se graban en la cabeza de la víctima no distinguen entre irregulares y correctas: sencillamente se graban", concluye. Un ejemplo de falso recuerdo: una de las víctimas explicó que había visto a los agresores porque ese día había Luna llena. Era falso: la Luna ni apareció ese día.
Resulta sorprendente que con tantos casos de inocentes encarcelados, de características similares, los jueces sigan al margen de los estudios de la psicología del testimonio. "En la cultura judicial vigente, en particular en materia de delitos contra la libertad sexual, pesan mucho tres tópicos: que el juez tiene una especial capacidad para leer la verdad en el testigo; que por eso la testifical es una prueba de valoración fácil; y que el testigo-víctima merece un plus de credibilidad, por lo que su declaración inculpatoria o la identificación hecha por él, puede/debe bastar", señala el magistrado del Tribunal Supremo Perfecto Andrés Ibáñez. "Son tópicos ampliamente desmentidos por la psicología del testimonio, y ninguno cierto. Pero no importa, porque son tópicos funcionales a cierto justicialismo reinante en la opinión pública y que, además, facilitan el trabajo judicial. Por otro lado, en el juzgado se opera con frecuencia a partir de aportaciones judiciales (identificaciones fotográficas, por ejemplo) obtenidas con cuestionable rigor".
"No hay otra alternativa viable que un ejercicio de la jurisdicción respetuoso con la presunción de inocencia y las garantías procesales en el que se pierda el miedo a absolver (explicando el porqué) aun a sabiendas de que tendrá costes de impopularidad", concluye el magistrado. "Y me parece necesario que este proceso de transformación de la cultura judicial vaya acompañado de otro no menos profundo de transformación también de la cultura y las prácticas de los informadores".
Los últimos estudios científicos muestran que los falsos recuerdos se generan en una parte distinta del cerebro que los verdaderos. Esta sería la prueba definitiva, incontestable. Si lográramos leer el cerebro humano con una máquina no habría más inocentes con la vida destrozada porque alguien, sin mala fe, los señaló por un error de su memoria.
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Olvidas lo que quieres recordar y recuerdas lo que quieres olvidar, dice el protagonista de La carretera, de Cormac McCarthy. Les pasa a algunas víctimas de delitos graves. Quieren olvidar, y no pueden, el momento en el que un desconocido se les acercó en una esquina oscura, les puso una navaja en el cuello y las violó o intentó asesinar brutalmente, sin piedad; y quieren recordar el rostro del criminal para que pague por lo que ha hecho. Pero no siempre pueden.
Esa cara borrosa puede adquirir nitidez gracias a una mentira involuntaria: se coloca a otra persona en la memoria y alguien que jamás tuvo nada que ver con el delito acaba en la cárcel, en ocasiones durante décadas, con la vida destrozada para siempre. Por culpa de los falsos recuerdos y de un sistema legal que los ignora y que cree ciegamente a las víctimas.
Esta semana ha salido a la luz un caso espeluznante. El Tribunal
Supremo anunció su intención de absolver a Ricardo Cazorla, un hombre
con una minusvalía física, psíquica y sensorial del 66% que había sido
condenado a 36 años de cárcel por la Audiencia de Las Palmas en 2009.
Los magistrados sostenían que había violado a tres chicas en 1997. Una
de ellas vio a Ricardo en la calle en 2007 y creyó que era su agresor.
Llamó a la policía y le detuvieron. Avisaron a todas las víctimas de la
época del llamado violador de Tafira, nueve en total. Seis no
reconocieron a Cazorla y estuvieron al margen del proceso. Pero la que
lo había visto y otras dos más lo señalaron como culpable, aunque una de
ellas tuvo muchas dudas al principio y no lo reconoció en las fotos de
los archivos policiales.
El informe de la Policía Científica, basado en el análisis de muestras biológicas, excluía la culpabilidad de Cazorla. El Instituto de Medicina Legal de Las Palmas de Gran Canaria decía que el perfil genético del acusado no coincidía con los restos encontrados en el jersey de una de las víctimas. Sólo planteaba dudas respecto de la prueba del cromosoma Y porque sostenía que no había material suficiente como para que el resultado se aceptara como fiable al cien por cien (en cualquier caso, era negativo). Además, la mujer que lo reconoció en la calle ya había identificado sin ningún género de dudas unos años antes a otra persona que se demostró inocente gracias al ADN.
Una suma de factores impedían desvirtuar la presunción de inocencia de Ricardo Cazorla. Sobre todo, las pruebas científicas. Sin embargo, los jueces antepusieron, por encima de cualquier otra consideración, lo que decían las víctimas. El fallo dice que los testimonios se caracterizaron por "su persistencia, solidez y contundencia". El problema es que los magistrados ignoraron la posibilidad de que se equivocaran. Y no siempre se puede creer a un testigo.
Nuestros recuerdos no son fiables. Más del 80% de las condenas a inocentes, según la ONG norteamericana Innocence Project (en España no hay ninguna estadística sobre el tema), tienen como base reconocimientos erróneos de víctimas y testigos.
Hacer una identificación precisa es mucho más difícil de lo que parecen pensar algunos jueces. Con un documental reciente (El quinto por la izquierda, de Producciones La Marea) se hizo un experimento interesante. Se simulaba un tirón en la pantalla y se enseñaba la cara del ladrón, a plena luz, durante más tiempo que en un delito real. Después se pidió a algunos espectadores (unos 300) que identificaran en rueda de reconocimiento al del tirón. Las condiciones eran óptimas. Los testigos no estaban sometidos a estrés y sabían desde el principio que se iba a poner a prueba su memoria. Aún así, cuando en la rueda no estaba el autor del tirón, sólo el 52% de los que habían visto la película cinco minutos antes dijo "no está"; y el porcentaje de aciertos bajó al 25% cuando la habían visto dos días antes. Esto significa que entre el 48% y el 75% señaló a inocentes.
Cuando en la rueda sí estaba el auténtico tironero, fue reconocido por el 32% de los espectadores cinco minutos después de ver la película, pero sólo por el 13% cuando habían pasado 48 horas.
Las identificaciones son complicadas. La pregunta es porqué un testigo se empeña y afirma "sin ningún género de dudas" (según la fórmula forense) que está convencido de que un inocente es culpable. En muy pocos casos se miente a sabiendas. Lo normal es que las víctimas estén seguras de que esa persona fue quien les agredió. Han puesto esa cara al delito y ya, incluso cuando lo recuerdan, lo hacen pensando en el rostro del inocente. Es una distorsión de la memoria.
¿Cómo pueden estar tan seguras de un recuerdo falso? "Sabemos que la exactitud de una identificación depende de varias causas (dificultades para ver la cara, alto nivel de estrés, paso del tiempo, ruedas de identificación inadecuadas), pero en cambio no sabemos tanto sobre las razones que hacen variar la seguridad de testigos y víctimas", afirma Margarita Diges, catedrática de Psicología de la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en la llamada psicología del testimonio. "Más allá de razones internas, individuales, una forma de incrementar la seguridad de un testigo es darle a entender que ha acertado, como sucede cuando señala una fotografía y más tarde ve en la rueda a esa misma persona".
"Lo que sí está demostrado empíricamente es la falta de relación entre la seguridad del testigo o de la víctima y la exactitud de su identificación", continúa Diges. "Sin embargo, pese a todas las demostraciones empíricas, lo que vemos en la realidad policial y judicial es que, cuando la víctima está totalmente segura de que el identificado es su agresor, esa seguridad se toma como garantía de exactitud incluso cuando hay pruebas científicas exculpatorias, por ejemplo, las de ADN".
El momento clave es ese en el cual el testigo o la víctima piensa que quizá el que aparece en la foto es el culpable. Si en ese primer momento se reafirma, después no hará más que identificar de nuevo (y cada vez con más seguridad) al que vio en esa primera foto o rueda. Ya no lo compara con su recuerdo del delito, sino con la primera imagen que vio del sospechoso. Por eso es tan importante que no haya irregularidades en esa fase. Si eso se hace mal, si el policía insinúa que en una foto determinada podría estar el culpable; o le dejan ver al sospechoso en la comisaría por error antes de la rueda; o es la única persona de características físicas similares al agresor; después es muy difícil dar marcha atrás: ya se ha creado el falso recuerdo.
En España han aparecido numerosos casos en los últimos años. La semana pasada fue Ricardo Cazorla. En el verano de 2009, el Supremo absolvió al nigeriano Henry Osagiede de dos delitos de agresión sexual y robo con intimidación. El hombre, negro, había sido el único de su raza en las ruedas de reconocimiento. Las dos víctimas, que lo habían identificado sin ningún género de dudas, ya habían identificado antes y con la misma certeza, a otro hombre que, por fortuna para él, tenía pruebas de su inocencia.
A Rafael Ricardi lo condenaron por violación y pasó 13 años en la cárcel. Era inocente. Cuando fue detenido vivía en la calle y era toxicómano. Suele pasar en estos casos: el acusado injustamente es pobre, o inmigrante, o drogadicto, sin recursos, y no tiene muchas posibilidades de hacer valer su versión de los hechos, ni de contratar a grandes abogados -aunque algunos son
condenados a pesar de la excelente labor de sus letrados de oficio-, ni saben cómo armar un escándalo mediático con la injusticia.
Hay casos estrambóticos, como el de Jorge Ortiz, condenado por atraco a mano armada. Había dos víctimas. Una no lo identificó. Otra sí, pero se retractó poco después, y antes del juicio, cuando le enseñaron la foto del verdadero culpable. Dio igual: el juez no la creyó y se empecinó en su primer testimonio. La delirante condena fue confirmada por el Supremo y el Constitucional ni siquiera admitió a trámite el recurso de amparo. Finalmente, fue indultado gracias al apoyo que tuvo, en todo momento, de la víctima que se había equivocado. Pasó dos años y medio en prisión, hasta que le suspendieron la ejecución de la condena.
La Justicia tiene serios problemas para enmendar sus errores. Una vez que hay una condena, en principio es inamovible aunque atente contra los principios más elementales del sentido común. Fue lo que sucedió en el caso de Ahmed Tommouhi y Abderrazak Mounib, condenados por una serie de violaciones cometidas en Tarragona y Barcelona en 1991. Cuatro años después apareció el verdadero culpable, un español, pero sólo pudo probarse la inocencia de Tommouhi y Mounib en uno de los casos, el único en el que quedaban restos de ADN. Por el resto siguieron cumpliendo condena. Mounib murió en prisión en 2000. Tommouhi pasó entre rejas 15 años. Salió en libertad condicional en 2006. El Supremo no revocó sus condenas porque el recurso de revisión una vez que hay una sentencia es muy estricto: el acusado debe probar su inocencia, y en este caso no había ADN que analizar. El Gobierno tardó nueve años en decidir si lo indultaba o no, y al final optó por lo segundo. Nadie se atreve a sacar a un violador de la cárcel. Aunque en realidad no lo sea. Es otro de los grandes problemas de estos casos. Suelen ser delitos tan brutales que alguien tiene que pagar por ellos. Todos, las víctimas, sus familias, la policía, el fiscal, los jueces, quieren encontrar un culpable. Como sea.
El periodista Braulio García Jaén acaba de publicar un libro sobre el caso Tommouhi-Mounib (Justicia poética, Seix Barral), después de cuatro años de investigación, que ha ido contando al detalle en su blog (ladoblehelice.com). Lo que ha salido a la luz no es sólo un puñado de víctimas que se han equivocado en sus identificaciones, sino innumerables errores y chapuzas en la investigación policial y judicial, y en las sentencias.
"Una de las chicas que se equivocó en su reconocimiento, según probó después el ADN, vio antes de la rueda a los dos inocentes", indica García Jaén. "Y los vio en el papel de sospechosos: a Tommouhi, esposado y conducido a los calabozos antes de la rueda de reconocimiento. Tanto ella como la decena de víctimas que esperaban sentadas en los pasillos del juzgado. A Mounib, curiosamente, no lo señaló las primeras veces que la Guardia Civil le mostró su fotografía, pero días después de que lo reconociera la víctima de otra violación ella también lo hizo. Años después declaró ante el tribunal que en las ruedas ni siquiera los había mirado, que directamente vio a los dos que eran y que en los otros ni se fijó. Y por supuesto no había tenido nunca ninguna duda. Se equivocó".
"Los jueces, a menudo, sostienen que las irregularidades formales no influyen en el acierto o en el error de la identificación, pero resulta decisivo, porque las impresiones que se graban en la cabeza de la víctima no distinguen entre irregulares y correctas: sencillamente se graban", concluye. Un ejemplo de falso recuerdo: una de las víctimas explicó que había visto a los agresores porque ese día había Luna llena. Era falso: la Luna ni apareció ese día.
Resulta sorprendente que con tantos casos de inocentes encarcelados, de características similares, los jueces sigan al margen de los estudios de la psicología del testimonio. "En la cultura judicial vigente, en particular en materia de delitos contra la libertad sexual, pesan mucho tres tópicos: que el juez tiene una especial capacidad para leer la verdad en el testigo; que por eso la testifical es una prueba de valoración fácil; y que el testigo-víctima merece un plus de credibilidad, por lo que su declaración inculpatoria o la identificación hecha por él, puede/debe bastar", señala el magistrado del Tribunal Supremo Perfecto Andrés Ibáñez. "Son tópicos ampliamente desmentidos por la psicología del testimonio, y ninguno cierto. Pero no importa, porque son tópicos funcionales a cierto justicialismo reinante en la opinión pública y que, además, facilitan el trabajo judicial. Por otro lado, en el juzgado se opera con frecuencia a partir de aportaciones judiciales (identificaciones fotográficas, por ejemplo) obtenidas con cuestionable rigor".
"No hay otra alternativa viable que un ejercicio de la jurisdicción respetuoso con la presunción de inocencia y las garantías procesales en el que se pierda el miedo a absolver (explicando el porqué) aun a sabiendas de que tendrá costes de impopularidad", concluye el magistrado. "Y me parece necesario que este proceso de transformación de la cultura judicial vaya acompañado de otro no menos profundo de transformación también de la cultura y las prácticas de los informadores".
Los últimos estudios científicos muestran que los falsos recuerdos se generan en una parte distinta del cerebro que los verdaderos. Esta sería la prueba definitiva, incontestable. Si lográramos leer el cerebro humano con una máquina no habría más inocentes con la vida destrozada porque alguien, sin mala fe, los señaló por un error de su memoria.